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Derechos del paciente

Es importante que los pacientes conozcan sus derechos. Hable con un miembro de nuestro personal clínico si tiene preguntas o inquietudes.

Esta información también está disponible en español.

Nuestro compromiso con Usted

El Hospital McLean está comprometido con la prevención y el uso mínimo de la restricción y el aislamiento y, siempre que sea posible, con la eliminación de estas intervenciones. Esta política es consistente con nuestra misión de tratar a las personas con dignidad, respeto y reciprocidad; proteger sus derechos; proporcionar la mejor atención posible; y ayudarles en su recuperación. Agradecemos su ayuda para trabajar con nosotros para lograr estos objetivos.

Privacidad y confidencialidad

Las políticas del Hospital McLean y las leyes estatales y federales protegen la privacidad de la identidad y la información de los pacientes. En general, cualquier divulgación de información clínica requiere un consentimiento por escrito de usted o, si es menor de 18 años, de un padre o tutor. Sin embargo, las divulgaciones pueden ocurrir sin consentimiento por escrito en ciertas circunstancias específicas, como por orden judicial o en una emergencia médica. El personal de McLean es un «reportero obligado» para el abuso de niños y ancianos y tiene el deber de advertir si se siente que usted es un peligro para usted o para otra persona.

Medios de comunicación

En ningún caso se discutirán con los medios de comunicación pacientes o cuestiones relacionadas con el paciente sin el consentimiento por escrito de usted o de su tutor legal.

Su Condición Jurídica como Paciente

Hospitalización voluntaria

Si se admite de forma voluntaria condicional y desea abandonar el hospital, debe notificarlo por escrito. El hospital tiene tres días hábiles (excepto sábados, domingos y festivos) para darle el alta o solicitar al tribunal de distrito su compromiso civil.

Hospitalización involuntaria de tres Días Bajo la Sección 12 (b)

Antes de ser admitido para una hospitalización involuntaria de tres días de acuerdo con las Leyes Generales de Massachusetts, se le debe dar la oportunidad de elegir el estado voluntario condicional. La hospitalización involuntaria expira después de tres días hábiles (excluyendo sábados, domingos y días festivos) a menos que el hospital solicite al tribunal de distrito su internación. Una audiencia se llevará a cabo dentro de los cinco días hábiles (excluyendo sábados, domingos y días festivos) después de la petición del hospital a la corte.

Si usted ha sido hospitalizado involuntariamente bajo la Sección 12 (b), se requiere que el hospital se comunique con el Comité de Servicios de Asesoría Pública, y se designará un abogado para reunirse con usted.

Si ha sido hospitalizado involuntariamente bajo la Sección 12(b) y tiene razones para creer que la admisión es el resultado de un abuso o mal uso del proceso de admisión de la Sección 12 (b), puede solicitar que se celebre una audiencia de emergencia dentro de las 24 horas. El hospital le proporcionará a usted o a su abogado un formulario para hacer esta solicitud.

¿Cómo Es Realmente la Admisión en McLean?

Vea este video y lea más sobre el proceso de admisión a través del Centro de Evaluación Clínica de McLean. Conozca cómo es realmente ser tratado en uno de nuestros programas de hospitalización de clase mundial.

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Compromiso de la corte

Si el hospital solicita a la corte su compromiso, es posible que se le solicite que permanezca en el hospital hasta que un juez tome la decisión de comprometerlo o darle de alta. El tribunal le asignará un abogado.

Derecho a Apelar Su Compromiso

Si el juez le ha ordenado que sea internado involuntariamente, y usted cree que ya no debe ser hospitalizado, tiene derecho a apelar el compromiso. Para hacer preguntas sobre su estatus legal en el hospital, comuníquese con el oficial de derechos civiles de McLean en Belmont al 617.855.3406 o en Middleborough al 774.419.1015. Además, puede ponerse en contacto con un asesor legal o su abogado, como se explica al final de esta guía.

Vida diaria

Visitas y Llamadas telefónicas

Tiene derecho a recibir visitas de su elección diariamente y en privado, a horas razonables. Tiene derecho a un acceso razonable a un teléfono para hacer y recibir llamadas confidenciales, a menos que las llamadas violen una ley penal o infrinjan injustificadamente el uso del teléfono por parte de otras personas. También tiene derecho a visitar o hablar por teléfono con su abogado o defensor legal, médico, psicólogo, clero o trabajador social, en momentos razonables.

Cuando las visitas o el uso del teléfono pueden suspenderse temporalmente

Su derecho a recibir llamadas telefónicas y a recibir visitas no puede restringirse a menos que dicho acceso presente un riesgo inminente de daño (basado en su historial de visitas o llamadas) y no haya otra forma menos restrictiva de prevenir ese daño, o a menos que dicho acceso interfiera significativamente con el funcionamiento de la instalación. Esta restricción puede no durar más de lo necesario y debe documentarse con hechos específicos en su registro médico.

Correo

Tiene derecho a enviar y recibir correo sellado, sin abrir y sin censura. Sin embargo, por una buena causa, su correo puede ser abierto e inspeccionado frente a usted sin que el personal lo lea, con el único propósito de evitar que el contrabando entre al hospital. Además, tiene derecho a que se le proporcionen artículos de papelería y franqueo en cantidades razonables.

Pertenencias personales y registros

Tiene derecho a usar su propia ropa y a guardar artículos personales, incluidos ciertos artículos de tocador, según lo permita la seguridad. Tiene derecho a un espacio de almacenamiento individual y a conservar y gastar una pequeña cantidad de dinero. Usted tiene el derecho de no tener registros irrazonables de sí mismo o de sus posesiones.

Religión

Usted tiene derecho a ejercer sus creencias religiosas.

Entorno psicológico y Físico

Usted tiene derecho a un entorno psicológico y físico humano. Se le deben proporcionar viviendas y alojamientos que le brinden privacidad y seguridad para descansar, dormir, vestirse, leer, escribir, bañarse, ir al baño y practicar la higiene personal. Esto no incluye el derecho a un dormitorio individual.

Aire fresco

Tiene derecho a un acceso diario razonable al aire libre. Estas actividades pueden depender de las condiciones climáticas, así como de su condición clínica y seguridad, según lo determinen sus médicos tratantes.

Asuntos personales

Usted no pierde el derecho a votar, tener una licencia de conducir, casarse, celebrar contratos y redactar un testamento porque haya sido admitido en un hospital psiquiátrico o en un programa de hospitalización. Sin embargo, estos derechos pueden verse afectados por los términos de una tutela o por su estado mental.

Intérprete

Usted tiene derecho a un intérprete sin costo para usted.

Atención y Tratamiento

Derecho al Tratamiento

Usted tiene derecho a recibir un tratamiento que se adapte a sus necesidades y que se administre con habilidad, seguridad y humanidad, con pleno respeto a su dignidad e integridad personal.

Información sobre Su Enfermedad y Su Tratamiento

Tiene derecho a que se le informe sobre la naturaleza de su enfermedad, la razón por la que los médicos creen que necesita tratamiento y la disponibilidad de tratamientos alternativos. Tiene derecho a conocer el nombre y el cargo de su médico y de otro personal responsable de su atención y tratamiento.

Derecho a Consentir y Rechazar el Tratamiento

Usted tiene derecho a consentir o rechazar la medicación psiquiátrica u otro tratamiento, excepto en caso de emergencia o cuando un tribunal haya designado a un tutor para que dé su consentimiento o haya ordenado un tratamiento en particular para usted. Antes de dar su consentimiento a cualquier tratamiento o investigación, tiene derecho a ser informado de su propósito, riesgos, efectos secundarios y resultado probable, así como de la disponibilidad de tratamientos alternativos (incluida la alternativa de no tratamiento). Puede cambiar de opinión y retirar su consentimiento en cualquier momento después de otorgarlo.

Acceso a los Registros médicos

Usted tiene derecho a ver sus propios registros de tratamiento a menos que hacerlo le cause un daño grave. Su abogado puede inspeccionar sus registros de tratamiento. Sus registros también pueden ser divulgados a otros cuando usted lo autorice o la ley lo permita.

Participación en la Planificación del Tratamiento

Usted tiene derecho a participar en la planificación e implementación de su tratamiento en la mayor medida posible.

Participación en la investigación

Usted tiene derecho a elegir si desea participar como sujeto de investigación o en cualquier examen de tratamiento cuyo propósito principal sea educativo o informativo. Si decide no participar, su negativa no afectará su acceso a la atención médica esencial.

Restricción y Aislamiento

Usted puede ser restringido o aislado solo en una emergencia, cuando existe un peligro inmediato y sustancial para usted y para los demás, según lo prescrito por la ley de Massachusetts. Usted puede estar aislado o restringido solo por el tiempo que sea necesario para protegerlo a usted o a otras personas de cualquier daño. Su condición debe ser monitoreada cuidadosamente durante la restricción o el aislamiento. Si está restringido o aislado, tendrá la oportunidad de comentar más adelante sobre su uso y las circunstancias que lo llevaron.

Reglas, Regulaciones y Leyes que Rigen el Tratamiento

Tiene derecho a revisar una copia de las reglas y regulaciones relacionadas con su atención y tratamiento en McLean. Es posible que tenga derechos adicionales otorgados por otras leyes y regulaciones estatales o federales.

Proceso de queja

Presentación de una queja

Usted tiene derecho a presentar una queja si cree que su atención o tratamiento es inhumano, peligroso o ilegal. Los empleados del hospital o el oficial de derechos civiles de McLean lo ayudarán a presentar una queja si solicita asistencia. Los formularios de quejas están disponibles en cada programa. Las cuestiones relacionadas con la atención y el tratamiento individuales deben discutirse primero con su equipo de tratamiento antes de presentar una queja. En caso de que se necesite más asistencia, puede comunicarse con el director clínico de su programa. Los problemas clínicos que su equipo de tratamiento o el director clínico no hayan resuelto satisfactoriamente pueden remitirse al director de calidad y gestión de riesgos al 617.855.3128.

Las quejas se presentan al oficial jefe de calidad y gestión de riesgos. Si el director de calidad y gestión de riesgos cree que la queja es grave, la enviará al Departamento de Salud Mental de Massachusetts (DMH). El director de licencias de DMH investigará y emitirá una decisión por escrito dentro de los 40 días. Todas las quejas serán investigadas por el director de calidad y gestión de riesgos del hospital y se emitirá una decisión por escrito dentro de los 10 días.

Las quejas o inquietudes con respecto a la calidad de la atención o la seguridad también pueden dirigirse a las organizaciones enumeradas al final de esta guía. El oficial de derechos civiles está disponible para remitirlo a la(s) persona (s) adecuada (s) para asuntos que requieran la atención de otras organizaciones no incluidas en la lista.

Reconsideración

Usted tiene derecho a solicitar la reconsideración de la decisión emitida, como se indicó anteriormente. Dicha solicitud debe enviarse a la persona que dictó la decisión y debe hacerse por escrito dentro de los 10 días siguientes a la recepción de la decisión. Dicha solicitud debe especificar el fracaso de entrevistar a un testigo esencial o la omisión de la consideración de un hecho importante o factor. La decisión de reconsideración se emitirá dentro de los 10 días siguientes a la recepción de la solicitud de reconsideración.

Apelaciones

Tiene derecho a apelar una decisión sobre la queja original o una decisión sobre una reconsideración. Todas las apelaciones deben hacerse por escrito dentro de los 10 días siguientes a la recepción de la decisión aplicable. Los formularios están disponibles en el director de calidad y gestión de riesgos del hospital.

Apelación de la decisión del director de calidad y gestión de riesgos

Su apelación debe hacerse al director de licencias de DMH, quien investigará y emitirá una decisión dentro de los 40 días posteriores a la recepción de la apelación. Usted tiene el derecho de apelar una decisión al comisionado de DMH, quien emitirá una decisión final sobre una apelación dentro de los 30 días de su recepción.

Apelación de la decisión del director de licencias de DMH

Su apelación debe hacerse al comisionado de DMH, quien emitirá una decisión final dentro de los 30 días.

Acceso a organizaciones de defensa legal

Al momento de su admisión o a petición suya en cualquier momento mientras esté hospitalizado, se le debe proporcionar información de contacto para el Comité de Asesores Legales de Salud Mental, el Comité de Servicios de Asesoría Pública, el Centro de Representación Pública, el Centro de Derecho de Discapacidad y otras organizaciones enumeradas en esta guía. Estos grupos ofrecen asistencia jurídica gratuita a los pacientes psiquiátricos; se le debe proporcionar asistencia razonable para comunicarse con abogados o asistentes legales de estas organizaciones y para reunirse con ellos si visitan el hospital.

Derechos civiles

Los asuntos relacionados con los derechos civiles u hospitalización de un paciente pueden discutirse con el oficial de derechos civiles de McLean en Belmont al 617.855.3406 o con el oficial de derechos civiles de McLean en Middleborough al 774.419.1015.

Recursos para pacientes

Junta de Registro en Medicina de Massachusetts
200 Harvard Mill Square, Suite 330
Wakefield, MA 01880
781.876.8200

Comisión Conjunta
One Renaissance Boulevard
Oak Brook Terrace, IL 60181
630.792.5000

Departamento de Salud Mental de Massachusetts
225 Staniford Street
Boston, MA 02114
617.626.8000 (Oficina Central)
800.221.0053 (Línea de Información y Recursos)

Committee for Public Counsel Services
44 Bromfield Street, 2nd Floor
Boston, MA 02108
617.482.6212

Disability Law Center
11 Beacon Street, Suite 925
Boston, MA 02108
800.872.9992

Departamento de Salud Pública de Massachusetts Oficina de Seguridad y Calidad de la Atención Médica
67 Forest Street
Marlborough, MA 01752
617.753.8000

Comité de Asesores Legales de Salud Mental
24 School Street, Suite 804
Boston, MA 02108
800.342.9092

Centro de Representación Pública
246 Walnut Street, Suite 202 Newton, MA 02460 617.965.0776 o 22 Green Street Northampton, MA 01060 413.586.6024

Divulgación de la industria

Muchos médicos de Mass General Brigham (MGB) trabajan en estrecha colaboración con empresas que fabrican medicamentos o equipos médicos o proporcionan otros productos y servicios. Cuando nuestros médicos trabajan con estas empresas, resulta en el desarrollo de nuevas y mejores formas de diagnosticar y tratar enfermedades, y beneficia la salud del público.

A veces las empresas pagan a los médicos de MGB por servicios, como consultar o dar charlas educativas. Los médicos también pueden poseer acciones en estas compañías. Revisamos todas estas relaciones para asegurarnos de que se siga nuestra política para que su atención no se vea afectada de ninguna manera.

La información sobre estas relaciones está disponible en el sitio web de Pagos Abiertos de los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid, patrocinado por el gobierno federal. Para obtener más información sobre la política de MGB y cómo MGB maneja las relaciones de los médicos con empresas externas, visite el sitio web de Mass General Brigham Office para Interacciones con la Industria.

Si tiene preguntas sobre estas relaciones, consulte a su médico o comuníquese con la Oficina para Interactuar con la Industria.

No Discriminación y Accesibilidad

Aviso Que Informa a las Personas Sobre Los Requisitos de No Discriminación y Accesibilidad y Declaración de No Discriminación: La discriminación va en contra de la Ley

El Hospital McLean cumple con las leyes federales de derechos civiles aplicables y no discrimina por motivos de raza, color, origen nacional, ciudadanía, extranjería, religión, credo, sexo, orientación sexual, identidad de género, edad o discapacidad. El Hospital McLean no excluye a las personas ni las trata de manera diferente por motivos de raza, color, nacionalidad, ciudadanía, extranjería, religión, credo, sexo, orientación sexual, identidad de género, edad o discapacidad.

El Hospital McLean proporciona ayudas y servicios gratuitos a personas con discapacidades para comunicarse eficazmente con nosotros, como:

  • Intérpretes calificados de lenguaje de señas
  • Información escrita en otros formatos (letra grande, audio, formatos electrónicos accesibles, otros formatos)

El Hospital McLean proporciona servicios lingüísticos gratuitos a personas cuyo idioma principal no es el inglés, como:

  • Intérpretes calificados
  • Información escrita en otros idiomas

Si necesita servicios de intérpretes, comuníquese con nuestro Oficial de Derechos Civiles.

Si cree que el Hospital McLean no ha proporcionado estos servicios o ha sido discriminado de otra manera por motivos de raza, color, nacionalidad, ciudadanía, extranjería, religión, credo, sexo, orientación sexual, identidad de género, edad o discapacidad, puede presentar una queja ante:

Oficina de Derechos Civiles del Paciente
McLean Hospital
115 Mill Street
Belmont, MA 02478
Teléfono: 617.855.3406
Fax: 617.855.2574

Puede presentar una queja en persona o por correo o fax. Si necesita ayuda para presentar una queja, nuestro Oficial de Derechos Civiles está disponible para ayudarlo.

También puede presentar una queja de derechos civiles ante el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos, Oficina de Derechos Civiles (OCR), electrónicamente a través del Portal de Quejas de la Oficina de Derechos Civiles o por correo o teléfono en:

Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos
200 Independence Avenue, SW Room 509F, HHH Building
Washington, DC 20201
Teléfono: 800.368.1019, 800.537.7697 (TDD)

O poniéndose en contacto con la Oficina Regional de OCR de Nueva Inglaterra en:

Oficina de Derechos Civiles Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos
Centro Gubernamental J. F. Kennedy Federal Building, Room 1875 Boston, MA 02203 Teléfono: 800.368.1019, 800.537.7697 (TDD) Los formularios de quejas están disponibles en línea.

Servicios de intérpretes

El Hospital McLean se compromete a proporcionar la atención de la más alta calidad posible, incluida una comunicación clara y accesible sobre el tratamiento clínico. Sin costo alguno para los pacientes de McLean, ofrecemos apoyo y servicios para personas cuyo primer idioma no es el inglés y para personas sordas, con problemas de audición o con discapacidad visual.

Para obtener más información, comuníquese con Servicios de Intérpretes al 617.855.2503.

Por favor, informe a sus médicos con antelación sobre sus necesidades lingüísticas o auditivas. Si necesita un intérprete mientras está en McLean, comuníquese con el personal del programa.

Servicios disponibles

Con el fin de facilitar la atención entre los pacientes y sus familias y los proveedores de atención médica, hay intérpretes médicos capacitados disponibles en persona, por teléfono o por video, según las necesidades del paciente y la disponibilidad inmediata de un intérprete. Vea la lista de intérpretes de idiomas disponibles.

Los TTYs y los dispositivos de asistencia auditiva están disponibles para pacientes sordos y con problemas auditivos. Por favor, informe a un miembro del personal si necesita estos servicios.

También ofrecemos soporte para documentos y formularios del Hospital McLean y del Departamento de Salud Mental de Massachusetts. Por favor, póngase en contacto con Servicios de Interpretación para obtener ayuda.

Por favor, hable con su médico o comuníquese con Servicios de Intérpretes si necesita apoyo adicional.