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Qué esperar De una Carta de Determinación 501c3

El Servicio de Impuestos Internos establece las reglas y regulaciones tributarias para todas las corporaciones que operan en los Estados Unidos, incluidas las organizaciones sin fines de lucro y caritativas. Los estatutos que rigen a las organizaciones sin fines de lucro se pueden encontrar en la Sección 501(c)(3) del código tributario federal. De conformidad con el artículo 501(c)(3) del código, las organizaciones sin fines de lucro y de beneficencia deben operar estrictamente en interés del público o con fines benéficos únicamente. No pueden operar en beneficio de ningún individuo o grupo.

Si su organización sin fines de lucro cumple con estos requisitos, está exenta de impuestos. Sin embargo, el IRS tomará la determinación final con respecto al estado de su organización, y solo una vez que reciba su carta de determinación 501(c)(3) del IRS, podrá operar como una entidad exenta de impuestos.

¿Qué es una Carta de Determinación IRS 501(c)(3)?

La carta de determinación 501(c)(3) del IRS es una notificación por escrito que le informa que el IRS ha aprobado o denegado su Solicitud de Reconocimiento de Exención. La recepción de una determinación favorable es emocionante, ya que significa que su corporación ahora puede disfrutar de varios beneficios únicos.

La ventaja más notable es que su organización ahora puede dedicar más tiempo y atención a servir los intereses del público y gastar más fondos en la consecución de su misión. Las subvenciones y donaciones que su grupo recaude para operar, así como los ingresos que genere de las actividades de recaudación de fondos, no están sujetos a impuestos. Los beneficios adicionales que vale la pena mencionar incluyen los siguientes:

  • Usted está exento del impuesto federal sobre la renta.
  • Puede tener acceso a descuentos en tarifas de franqueo con USPS y bienes y servicios relacionados.
  • Sus donantes pueden reclamar contribuciones caritativas en sus declaraciones de ingresos personales o de impuestos comerciales, lo que hace que su organización sea más atractiva para donar.
  • Es posible que tenga acceso a fondos que generalmente están restringidos a organizaciones exentas de impuestos.
  • Su organización sin fines de lucro gana credibilidad para su misión.

Aunque la carta de determinación 501(c)(3) del IRS otorga su estado de exención de impuestos para organizaciones sin fines de lucro, aún debe presentar una declaración anual. La serie 990 está reservada para organizaciones sin fines de lucro y caritativas y está diseñada para informar al IRS de sus ingresos brutos anuales, activos y gastos. Si su grupo aporta menos de 5 50,000 en recibos brutos al año, es posible que pueda presentar electrónicamente. Sin embargo, si genera más, puede estar sujeto a reglas de presentación más estrictas.

¿Cuánto Tiempo Tarda el IRS En Aprobar el Estatus 501(c)(3)?

El proceso de revisión de una Solicitud de Reconocimiento de Exención puede tardar entre dos y 12 meses en completarse. Según el sitio web del IRS, el proceso puede retrasarse por varias razones, que van desde errores menores en la solicitud hasta preocupaciones con respecto a la elegibilidad de la organización para la exención. Dicho esto, hay algunas cosas que puede hacer para acelerar el proceso.

La mejor manera de garantizar una aprobación rápida es responder de forma exhaustiva y precisa a todas las preguntas del documento de solicitud. También debe presentar todos los formularios que el IRS solicite junto con su solicitud. Al hacerlo, se asegura de que el agente asignado para revisar su caso pueda tomar la decisión más informada lo antes posible.

En muy pocos casos, el IRS expedirá una solicitud. Por lo general, la agencia procesa las solicitudes en el orden en que se reciben, pero puede hacer una excepción para las organizaciones que presentan una razón convincente para la expedición:

  • Su organización proporciona ayuda en casos de desastre a víctimas de desastres naturales y emergencias.
  • Existe una subvención pendiente que depende de su estado de exención y no obtener la subvención tendría un impacto adverso en la capacidad de operar de su grupo.
  • Las demoras indebidas en el proceso de revisión son el resultado de errores por parte del IRS, no por parte suya.

Si se le otorgó una subvención pendiente y necesita acelerar su solicitud, presente la mayor cantidad de pruebas de respaldo para su caso como sea posible:

  • El nombre de la organización o persona que ofrece la subvención o premio
  • El monto de la subvención pendiente
  • La fecha en la que la organización perderá la subvención o la otorgará a otra organización sin fines de lucro o grupo caritativo
  • El impacto adverso que la pérdida de la subvención tendrá en su organización
  • La firma de un representante autorizado u oficial principal

Debe presentar su solicitud de expedición por escrito y detallar detalladamente razón. El IRS usará su discreción al determinar si debe acelerar su solicitud, por lo que es en su mejor interés ser lo más meticuloso posible.

Cómo Obtener una Copia de Su Carta de Determinación 501(c)(3)

Como organización sin fines de lucro, es posible que necesite presentar con frecuencia una prueba de su carta de determinación 501(c)(3) del IRS. Si la pierde en algún momento entre recuperarla, escanearla y volver a archivarla, puede entrar en pánico, ya que esa carta puede dictar la dirección del futuro de su organización. La buena noticia es que siempre puede solicitar una copia. Hay tres maneras de hacerlo:

  • A través del sitio web del IRS
  • Por correo
  • De otros

Si opera una organización sin fines de lucro más pequeña, es posible que pueda solicitar una copia utilizando el formulario 1023 EZ en línea. La presentación en línea viene con una tarifa de presentación más baja y un tiempo de respuesta más rápido. Una vez que pague la tarifa, simplemente puede descargar una copia de su carta de determinación 501(c)(3) del IRS a su computadora e imprimirla en cualquier momento. Esta puede ser la mejor opción si con frecuencia extravía su aviso de determinación o necesita imprimir copias con frecuencia.

Es posible que deba solicitar una copia por correo si presentó su solicitud a través del formulario 1024 o 1023 y la envió por correo. Si este es el caso, llene el Formulario 4506-A con toda la información requerida, incluido el nombre de su organización sin fines de lucro, su dirección y el EIN asociado. Si no tiene esta información, puede encontrarla en la página de búsqueda exenta de impuestos del IRS. Además de la información básica sobre usted y su organización, deberá proporcionar una breve explicación de por qué necesita una copia de la carta. Envíe por correo sus formularios completos a la Unidad de Correspondencia del IRS en Cincinnati, OH. Después de revisar sus formularios para verificar su exactitud, el IRS enviará por correo una copia de su carta de determinación 501(c)(3) del IRS.

No es raro que los operadores sin fines de lucro compartan sus avisos de determinación con otras personas y entidades. Por ejemplo, es posible que haya entregado una copia a otros miembros de la junta, abogados, contadores y amigos. Si buscó ayuda al solicitar el estado de exención, diríjase a aquellos a quienes solicitó ayuda. Otro miembro de la junta puede haber tenido la previsión de guardar una copia en una caja de seguridad bancaria o un archivador dentro del edificio de oficinas o la ubicación satelital.

501(c)(3) Derechos y Procedimientos de apelación

No todos los avisos de determinación son motivo de celebración. Si recibe un aviso de determinación adversa, puede solicitar una reunión o una llamada telefónica con el supervisor del agente que emitió la determinación o puede presentar una apelación inmediata. Si solicita el primero, el supervisor le explicará el motivo de la decisión. Si, después de la reunión, usted está de acuerdo con la determinación, el supervisor le pedirá que firme un formulario de consentimiento. Este formulario de consentimiento no renuncia a su derecho a una apelación futura, en caso de que más tarde decida que no está de acuerdo.

Si no está de acuerdo con la decisión del agente, puede presentar una apelación, que es esencialmente su declaración sobre por qué no está de acuerdo. Para que el IRS escuche su apelación, debe presentarla dentro de los 30 días de haber recibido la decisión adversa. Su apelación debe incluir la siguiente información:

  • El nombre de su organización, número de teléfono de contacto y EIN
  • Una declaración de su organización en la que afirma que quiere protestar contra la decisión
  • Una copia de la carta de determinación adversa
  • Una explicación de por qué no está de acuerdo con los hallazgos del agente
  • Cualquier evidencia en la que esté basando su apelación

Usted o un funcionario de su organización debe firmar el aviso de apelación, junto con una declaración que diga que todo lo con documentación, es verdadera y precisa a su conocimiento.

En la mayoría de los casos, la Oficina de Apelaciones se encarga de todas las apelaciones. Es importante tener en cuenta que la Oficina de Apelaciones no está obligada a considerar su caso. Sin embargo, si cree que el IRS no le dio la consideración adecuada, puede llevar el problema a la oficina técnica de su Organización Exenta local. Si la Oficina de Ética considera que es prudente hacerlo, hará una recomendación a la Oficina de Apelaciones.

Si, incluso después de recibir una recomendación de EO Technical, la Oficina de Apelaciones aún le niega su estado de exención, tiene la opción de llevar su disputa a los tribunales.

Próximos pasos Después de la Aprobación de Su Solicitud de Exención de Impuestos Federales

Si tiene la suerte de recibir una carta de determinación 501(c)(3) del IRS con una determinación favorable, mantenga la carta a salvo. Aunque puede pedir copias, le conviene conservar la copia original en el disco duro de su computadora, en una caja de seguridad o en algún otro lugar seguro desde el que pueda acceder fácilmente a ella. Esto hace que sea más fácil para usted solicitar subvenciones y otras formas de financiamiento formal, ya que la mayoría de los programas requieren prueba de estado no exento.

También debe tener en cuenta que su estado de exención de impuestos no es permanente. Dependiendo de la ley estatal, tendrá que volver a solicitar de vez en cuando para mantener actualizado su estado de exención de impuestos. También es posible que tenga que presentar una carta de determinación 501(c)(3) con cada estado en el que planea operar su organización sin fines de lucro.